Actualmente existe un fenómeno social que ha abierto constantes debates sobre su validez: la cultura de la cancelación, una forma de pensamiento promovida principalmente en internet y redes sociales, que busca condenar a una persona, organización o idea por no ser “aceptable” de acuerdo a las opiniones sociales actuales.
La cultura de la cancelación, si bien comenzó como una protesta ante actos normalizados pero que afectaban a más de una persona, como el acoso laboral y el apoyo a figuras públicas que habían cometido actos delictivos comprobables, poco a poco se fue deformando en un arma de doble filo, utilizada sin responsabilidad para acusar a personas y organizaciones solo por ir en contra de los pensamientos de un grupo.
Ejemplo de ello son los múltiples casos de artistas y marcas cuyas carreras se vieron afectadas porque se negaron a unirse a tendencias e ideologías por no ser afines a ellas, figuras públicas boicoteadas por interactuar mínimamente con una persona non grata por el público y trabajadores que han llegado a perder sus empleos por decir o hacer algo que fue sacado de contexto.
Si bien la difamación en redes sociales no se considera un delito cibernético (a menos que caiga en el ciberacoso) sí puede dar pie a una demanda civil por daño moral.
Conoce cómo identificarlo y actúa rápidamente antes de que te afecte.
¿Cuándo se considera que hubo daño moral en redes sociales y cuándo no?

El daño moral en redes sociales ocurre cuando una publicación o comentario afecta los derechos de la personalidad de alguien (su honor, reputación, intimidad o imagen) de manera injusta. En México, estos derechos son protegidos incluso ante manifestaciones en plataformas digitales.
Para que realmente se configure el daño moral, deben estar presentes tres elementos esenciales de la responsabilidad civil:
- Un hecho ilícito (algo que está fuera de lo permitido).
- Un daño efectivo (no basta con ofensas leves, debe haber un perjuicio psicológico o de dignidad).
- Un nexo de causalidad entre el hecho y el daño.
No siempre que alguien dice algo ofensivo en redes hay daño moral. Por ejemplo, si después de una fiesta de oficina se generan, en forma de broma, memes e imágenes burlonas sobre momentos destacables de la fiesta con palabras subidas de tono y estas solo se crean una vez, no se consideraría daño moral.
Tampoco se configura daño moral cuando la persona agraviada no logra demostrar que la publicación fue falsa, ni que se difundió con dolo o negligencia, ni que realmente sufrió un perjuicio.
Por otro lado, acusar directamente a un individuo de un crimen que no cometió “sustentando” lo que se dice con audios, imágenes y videos manipulados o sacados de contexto sí sería considerado un daño moral.
¿En qué consiste la responsabilidad civil en las redes sociales?

La responsabilidad civil en las redes sociales es la obligación que puede tener alguien (o incluso la plataforma en ciertos casos) de reparar el daño ocasionado a otro por publicaciones en redes sociales. En esencia, es el traslado del concepto clásico de responsabilidad civil al espacio digital.
Esta responsabilidad se activa cuando la conducta es ilícita (cuando el contenido viola derechos) y produce un daño moral o patrimonial. En el contexto digital, los actores involucrados podrían ser el usuario que publica el contenido ofensivo, y en casos excepcionales la red social si, tras conocimiento del daño, no actúa para remediarlo.
Entre los daños que pueden reclamarse bajo esta responsabilidad civil están los perjuicios materiales (aunque menos comunes) y el daño moral o daño de la imagen en redes sociales: la lesión a la dignidad, reputación, paz emocional, plusvalía social, entre otros.
La indemnización debe buscar restaurar, en lo posible, la situación anterior al agravio, o compensar el sufrimiento causado. Algunas decisiones judiciales han comenzado a ponderar la magnitud del público al que llegó la publicación (cuántas personas la vieron) para fijar los montos.
¿Cómo y dónde denunciar daño moral en redes sociales?

Cuando consideres que hubo daño de la imagen en redes sociales o cualquier afectación moral, puedes tomar estas vías:
- Reporte en plataformas: El primer paso para combatir el daño moral en redes sociales es reportar las publicaciones difamatorias en las correspondientes redes sociales. Generalmente, después de una revisión, estas son dadas de baja y quienes las publican reciben una advertencia o sus perfiles son directamente bloqueados por mal uso de las plataformas.
- Demanda civil: Si la situación escala a tal grado que tu integridad (física, mental, laboral, etc) se ve afectada, puedes reunir pruebas de la difamación y las consecuencias de la misma para presentar una demanda y exigir una indemnización por responsabilidad civil por daños a terceros.
- Intervención de la Fiscalía: Si la difamación en redes da paso a amenazas, violencia física o digital y difusión no contenida de contenido íntimo, el acto se considerará un delito cibernético y se aplicarán los castigos correspondientes según la ley.
El plazo para interponer demandas de responsabilidad civil varía según el estado, pero conviene no esperar mucho para preservar pruebas y efectividad en la defensa.
Es recomendable contar con la asesoría y apoyo de un abogado especializado en Derecho Civil que pueda ayudarte a hacer efectiva tu demanda y guiarte sobre el tipo de pruebas que se deben presentar, así como el proceso a seguir para resolver tu caso.
Contrario a lo que se pudiera pensar, la responsabilidad civil en las redes sociales no busca mermar la libertad de expresión, al contrario, su objetivo es compensar a los afectados por comentarios y acciones en línea que se difundieron con dolo, promoviendo un uso sensato de dichos medios.
El internet y las redes sociales son poderosas herramientas de comunicación que deben usarse de forma consciente, la rapidez con la que se difunden los mensajes y lo fácil que pueden viralizarse las convierten armas de doble filo, una broma o comentario hiriente puede tener consecuencias catastróficas, tanto para la víctima como para el victimario, pues si se demuestra que sus acciones fueron mal intencionadas y promovieron actos de violencia contra el afectado, deberá compensar al mismo de forma justa.