La innovación, las marcas, las invenciones y las creaciones artísticas representan activos de gran valor para personas y empresas. Para garantizar su protección, México cuenta con instituciones y mecanismos nacionales e internacionales que fungen como autoridades sobre derechos de autor y propiedad intelectual.
En este contexto, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) desempeña un papel fundamental, mientras que diversos convenios internacionales permiten que la protección de la propiedad intelectual trascienda las fronteras nacionales.
¿Qué es el IMPI y qué protege?

El IMPI es el organismo público encargado de administrar y proteger los derechos relacionados con la propiedad industrialen México. Su función principal es otorgar seguridad jurídica a inventores, emprendedores, empresas y titulares de signos distintivos para que puedan explotar sus creaciones de manera exclusiva.
Dentro de las figuras que protege la propiedad industrial se encuentran:
- Marcas.
- Patentes.
- Modelos de utilidad.
- Diseños industriales.
- Decretos industriales.
- Denominaciones de origen.
- Indicaciones geográficas.
Gracias a estos mecanismos, los titulares pueden impedir el uso no autorizado de sus activos intangibles y obtener beneficios económicos derivados de su explotación.
Es importante distinguir entre propiedad industrial y derechos de autor. La propiedad intelectual es un concepto más amplio que engloba tanto los derechos de autor como la propiedad industrial.
Por otro lado, los derechos de autor protegen obras literarias, artísticas y culturales, la propiedad industrial se enfoca en la protección de innovaciones tecnológicas, marcas y otros elementos vinculados con actividades comerciales e industriales.
Además de otorgar registros y títulos de protección, el IMPI participa activamente en la cooperación internacional para facilitar el reconocimiento y la protección de las creaciones mexicanas en otros países.
Convenios internacionales de protección de propiedad intelectual en México
La protección de la propiedad intelectual no se limita al territorio nacional. Debido al comercio global y al intercambio constante de tecnología, México forma parte de diversos convenios internacionales que establecen estándares comunes para proteger los derechos de creadores e innovadores.
Uno de los organismos más importantes en esta materia es la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), una agencia especializada de las Naciones Unidas encargada de promover la protección de la propiedad intelectual a nivel mundial. La OMPI administra diversos tratados internacionales relacionados con patentes, marcas, diseños industriales y derechos de autor.
México es miembro de la OMPI desde 1975, pero incluso desde antes ya había firmado acuerdos relacionados a la protección de la propiedad intelectual que eventualmente pasaron a ser administrados por la OMPI. En total, ha firmado más de 22 acuerdos, los cuales son:
Convención de París para la Protección de la Propiedad Industrial
También conocida como Convenio de París, se trata de un acuerdo que protege la propiedad intelectual en su acepción más amplia, incluyendo patentes, marcas, dibujos, modelos industriales, modelos de utilidad, marcas de servicio, nombres comerciales y las indicaciones geográficas.
México se adhirió a esta convención mediante el Acta de Lisboa, cuyo decreto de publicación se promulgó y publicó en el Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 1976.
Convención Universal sobre Derecho de Autor
Protege los derechos de los autores en todos los países que firmaron el acuerdo, garantizando que las obras extranjeras sean tratadas y protegidas de la misma manera que las nacionales.
México firmó la versión revisada del tratado el 24 de julio de 1971 y entró en vigor a nivel nacional el 31 de diciembre de 1975 tras su ratificación.
Convención sobre la Protección Internacional de los Artistas, Intérpretes o Ejecutantes, los Productores de fonogramas y los Organismos de Radiodifusión:
También conocida como la Convención de Roma, protege a los creadores de productos sonoros de la reproducción, duplicación y distribución de fonogramas sin consentimiento, otorga actores, músicos, cantantes y bailarines el derecho de autorizar o prohibir la reproducción y/o radiodifusión de sus obras y autoriza a las emisoras a controlar la retransmisión y reproducción de sus emisiones.
México se adhirió a este tratado el 26 de octubre de 1961 y se promulgó oficialmente en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 1964.
Arreglo de Lisboa, relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional
Protege las denominaciones de origen e indicaciones geográficas en múltiples países a través de un solo registro central, en el caso de México, el IMPI.
México aprobó este tratado el 26 de diciembre de 1962 y entró en vigor el 25 de septiembre de 1966. Actualmente, nuestro país cuenta con 18 denominaciones de origen protegidas por el IMPI:
- Café Veracruz.
- Café de Chiapas.
- Mango Ataulfo.
- Vainilla de Papantla.
- Chile Habanero de Yucatán.
- Arroz de Morelos.
- Cacao de Grijalva.
- Chile de Yahualica.
- Bacanora.
- Tequila.
- Mezcal.
- Sotol.
- Charanda.
- Raicilla.
- Olinalá.
- Talavera.
- Ámbar de Chiapas.
Convención de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas del 9 de septiembre de 1886, completada en París en 1896, revisada en Berlín en 1908, completada en Berna en 1914, revisada en Roma en 1928 y en Bruselas el 26 de junio de 1948
México se adhirió a esta convención el 26 de junio de 1948, mismo que rige los derechos de autor a nivel mundial estableciendo estándares mínimos de protección para creadores y un sistema que brinda protección automática a las obras en todos los países miembros de la convención sin solicitar registros locales.
Convenio para la Protección de los Productores de fonogramas contra la reproducción no autorizada de sus fonogramas
Tratado internacional firmado por México el 29 de octubre de 1971 y que entró en vigor el 21 de diciembre de 1973. Este convenio protege a productores y locutores de la fabricación, importación y distribución de las compras no autorizadas de sus fonogramas.
Dentro de este tratado, cada país define los mecanismos legales para sancionar las infracciones por piratería.
Tratado sobre el Registro Internacional de Obras Audiovisuales (tratado sobre el registro de películas)
También conocido como el Tratado sobre el Registro de Películas, crea un registro internacional para identificar a los titulares de derechos sobre obras audiovisuales y facilitar la protección de la propiedad intelectual. México se adhirió el 9 de octubre de 1990 y el tratado entró en vigor para el país el 27 de febrero de 1991 de ese mismo año.
Aunque no otorga derechos de autor por sí mismo, facilita la prueba de titularidad en caso de controversias.
Acuerdo de Viena por el que se establece una Clasificación Internacional de los Elementos Figurativos de las Marcas
Conocido como el Acuerdo de Viena, establece una clasificación internacional para los elementos gráficos o figurativos que integran las marcas, facilitando su búsqueda y registro dentro de la propiedad industrial.
México lo firmó el 26 de enero de 2001, siendo el tratado bajo el que se armonizan la identificación de logotipos, símbolos y otros elementos visuales utilizados en las marcas.
Arreglo de Estrasburgo relativo a la Clasificación Internacional de Patentes
El Arreglo de Estrasburgo creó la Clasificación Internacional de Patentes (CIP), utilizada para organizar las invenciones por áreas tecnológicas y simplificar su consulta a nivel mundial. Este sistema se divide en 8 secciones principales desde la A hasta la H y, a su vez, se desglosan en 80,000 subdivisiones:
- A: Necesidades corrientes de la vida
- B: Técnicas industriales diversas; Transportes
- C: Química; Metalurgia
- D: Textiles; Papel
- E: Construcciones fijas
- F: Mecánica; Iluminación; Calefacción; Armamento; Voladuras
- G: Física
- H: Electricidad
El tratado fue adoptado el 24 de marzo de 1971 y entró en vigor en México el 26 de octubre de 2001. Esta herramienta fortalece la protección de la propiedad industrial al facilitar el examen y búsqueda de patentes.
Arreglo de Locarno que establece una Clasificación Internacional para los Dibujos y Modelos Industriales
El Arreglo de Locarno establece una clasificación internacional para ordenar los dibujos y modelos industriales registrados en los distintos países. El acuerdo fue adoptado por México el 14 de julio de 1967 después de firmar el Acta de Estocolmo y entró en vigencia el 26 de enero de 2001.
Esta clasificación facilita la protección de la propiedad industrial y agiliza la consulta de diseños industriales.
Arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas
Conocido como el Arreglo de Niza, establece la Clasificación de Niza que asigna una denominación específica a productos y servicios para registrar marcas de manera uniforme en distintos países.
Este sistema simplifica los procedimientos relacionados con la propiedad industrial y mejora la gestión de las marcas. El arreglo entró en vigor el 10 de abril de 2001, fecha en la que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Tratado de Budapest sobre el Reconocimiento Internacional del Depósito de Microorganismos a los fines del procedimiento en Materia de Patentes
El Tratado de Budapest aborda el proceso para patentar innovaciones biológicas,permitiendo que el depósito de un microorganismo en una Autoridad Internacional de Depósito (IDA) reconocida sea válido en todos los Estados miembros, evitando el proceso largo de realizar múltiples depósitos en cada oficina nacional.
México se adhirió el 21 de septiembre de 2001 y el tratado entró en vigor el 21 de diciembre de ese año. Su objetivo es facilitar el otorgamiento de patentes relacionadas con la biotecnología dentro del sistema de propiedad industrial.
Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor
También conocido como WCT por sus siglas en inglés, actualiza la protección del derecho de autor frente a los desafíos del entorno digital. Protege obras literarias, artísticas y programas de cómputo, reforzando la propiedad intelectual frente a la reproducción y distribución en medios electrónicos
El 15 de marzo de 2002 es la fecha en la que entró en vigor en México y el mundo.
Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas
Conocido como WPPT, protege los derechos de artistas intérpretes, ejecutantes y productores de fonogramas, especialmente en el entorno digital. México firmó el 18 de diciembre de 1997 y el tratado entró en vigor el 20 de mayo de 2002.
Su finalidad es fortalecer la propiedad intelectual frente al uso, reproducción y comunicación pública de interpretaciones y grabaciones sonoras.
Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales
Esta convención de la UNESCO promueve la diversidad cultural y reconoce el derecho de los Estados a desarrollar políticas para proteger y fomentar sus respectivas expresiones culturales.
México se adhirió a esta convención el 26 de febrero de 2007. Aunque no regula directamente la propiedad intelectual, esta convención complementa la protección de las obras y de sus creadores al impulsar el desarrollo cultural.
Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso
Conocido como el Tratado de Marrakech, establece excepciones al derecho de autor para facilitar la producción e intercambio de libros en formatos accesibles. México lo ratificó el 29 de julio de 2015 y entró en vigor el 30 de abril de 2015.
Su propósito es equilibrar la protección de la propiedad intelectual con el derecho de acceso a la información de las personas con discapacidad visual, permitiendo la traducciones de obras literarias al braile, audio y tipografía grandes sin infringir los derechos de autor.
*Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT)
Este tratado establece un sistema internacional para que los inventores puedan solicitar protección para una patente en más de 150 países miembros del mismo mediante una solicitud sencilla y un proceso agilizado posponiendo los costos de traducción y presentación nacional hasta por 30 meses.
México se adhirió oficialmente a este tratado el 1 de octubre de 1994 y entró en vigor el 1 de enero de 1995.
*Tratado sobre el Derecho de Patentes (PLT)
Busca armonizar y simplificar procedimiento formales administrativos para registrar patentes. A diferencia del PCT que busca la protección internacional simultánea de patentes en múltiples países a través de una solicitud, el PLT se enfoca en estandarizar la burocracia para evitar la pérdida accidental de los derechos por errores burocráticos.
Como tal, México no ha ratificado ni firmado este tratado, pero el IMPI regula los mismos trámites adhiriéndose a sus estándares internacionales.
*Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales
Se creó para proteger los derechos de propiedad intelectual de actores y artistas en cuanto a la distribución digital y radiodifusión de los materiales en los que aparecen.
México firmó el tratado el 26 de junio de 2012, pero no entró en vigor sino hasta el 7 de julio de 2022.
Acta de Ginebra del Arreglo de La Haya relativo al Registro Internacional de Dibujos y Modelos Industriales
El Acta de Ginebra del Sistema de La Haya permite registrar dibujos y modelos industriales en varios países mediante una sola solicitud internacional. México se adhirió el 6 de marzo de 2019 y el instrumento entró en vigor el 6 de junio de 2020. Este sistema fortalece la propiedad industrial al simplificar la protección internacional de los diseños.
Convención Interamericana sobre Derechos de Autor en Obras Literarias, Científicas y Artísticas
También conocida como la Convención de Washington de 1946, busca garantizar el reconocimiento recíproco de los derechos de autor sobre obras literarias, científicas y artísticas entre los países americanos.
México suscribió la convención el 22 de junio de 1946 y se adhirió oficialmente al tratado el 24 de octubre de 1947. Su objetivo es fortalecer la propiedad intelectual y brindar mayor seguridad jurídica a los autores cuyas obras circulan internacionalmente.

Asimismo, México ha incorporado disposiciones sobre propiedad intelectual en diversos tratados comerciales internacionales, fortaleciendo la protección de marcas, patentes y otros derechos relacionados con la innovación y el comercio internacional.
Por ejemplo, en marzo del 2026, el IMPI estableció un convenio con la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) para establecer mecanismos de intercambio de información, capacitación especializada y coordinación operativa para prevenir y combatir conductas ilícitas relacionadas a la propiedad intelectual, así como ofrecer mayor certeza justifica a las operaciones de comercio exterior.
La existencia de estos convenios internacionales especializados en distintos tipos de propiedad intelectual permite que los creadores mexicanos tengan mayores oportunidades para proteger sus activos en mercados extranjeros y, al mismo tiempo, brinda certeza jurídica a inversionistas y empresas que desarrollan actividades en México.
En un entorno cada vez más globalizado, conocer el papel del IMPI, la OMPI y los principales tratados internacionales resulta fundamental para proteger adecuadamente la innovación, fomentar la competitividad y garantizar el respeto a los derechos de propiedad intelectual y propiedad industrial.